Alcalde electo de Cucurpe recibe “tiro de gracia”

El Tribunal Estatal Electoral de Sonora niega el triunfo que legítimamente obtuvo Edgar Aarón Palomino Ayón, el pasado 6 de junio

Nogales, Sonora. – Desde la capital del Estado de Sonora, se tiene información que el Tribunal Estatal Electoral negó el triunfo a Edgar Aarón Palomino Ayón, mismo que hace un mes fue noticia a nivel nacional.

De acuerdo al periodista Gilberto Armenta, la reacción del abogado Palomino Ayón, busca el recurso de apelación y llevará el caso al Tribunal electoral del poder judicial de la federación en la Sala regional de Guadalajara, Jalisco.

Con esta determinación del TEE Sonora emitirá constancia de mayoría a Manuel Francisco Villa Paredes, del Partido Acción Nacional, quien conquistó el segundo lugar de la votación.

De acuerdo al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, en los resultados de la votación el Consejo Municipal de Cucurpe validó 662 votos, de los cuales el 48% (322), son para Edgar Aarón Palomino Ayón, que aparece en el recuadro como Candidato no registrado.

En segundo lugar, quedó el Partido Acción Nacional con 43.5% de los votos emitidos y alcanzó 288 sufragios, es decir 34 votos menos que el ganador de la contienda.

También se registraron 24 votos para Morena, 9 para el Revolucionario Institucional, tres sufragios para el Partido del Trabajo y 16 más fueron anulados.

Por el momento el Tribunal Electoral del Estado de Sonora no ha publicado la resolución, pero los medios han registrado un caso similar en el Estado de Oaxaca, mismo que podría llevar al triunfo del candidato no registrado en Cucurpe.

Cuando el Instituto Municipal Electoral de Cucurpe entregó constancia de mayoría a Edgar Aarón, el consejero electoral del IEE, Daniel Rodarte Ramírez aseguró:

“Y hay una tesis de jurisprudencia en el Tribunal Electoral que dice que los candidatos no registrados no pueden acceder al cargo porque no cumplen con los requisitos de elegibilidad, es decir, nunca se verificó si viven en el distrito de la sección, si es mexicano, si está registrado en el padrón de electores, si fue servidor público si se separó con tiempo, etcétera”, expuso.

El PAN impugnó ante el Tribunal Electoral de Sonora la “declaración de validez de la elección” de presidente municipal en Cucurpe y la expedición de la “constancia de mayoría”, al considerar que Edgar Aarón Palomino Ayón no cumple con los requisitos de elegibilidad, debido a que no renunció a su cargo como contralor municipal 90 días antes de los comicios, como estipula la ley electoral del Estado de Sonora, aseguran que lo hizo faltando 60 días.

 

Otro candidato no registrado

Se trata de Adalberto Reyes Ávila, en el mismo proceso electoral obtuvo la mayor cantidad de votos y ganó la alcaldía de San Pedro y San Pablo Teposcolula, en la región mixteca de Oaxaca.

De acuerdo con el cómputo oficial realizado por el Consejo Municipal Electoral, el candidato no registrado recibió 883 votos, mientras que su más cercana contendiente, Brígida Santiago Hernández, de Morena, recibió 483 sufragios.

El pasado 12 de junio el Consejo Municipal Electoral tenía previsto entregar constancia de mayoría a la morenista Brígida Santiago, pero un grupo de personas protestó en el lugar para exigir se respete el derecho de Reyes Ávila.

En ese sentido las autoridades electorales se vieron en la necesidad de levantar un acta circunstanciada y llevar el caso al Tribunal Electoral del Estado.

 

Jurisprudencias

De acuerdo al analista político Bulmaro Pacheco Moreno, esta es la segunda ocasión en la que se registra algo similar en la historia de Sonora, ya que en 1967 Leonicio Valencia participó como candidato independiente para la Alcaldía de Bacadéhuachi, cuando esa figura todavía no era reconocida por la ley.

“Leonicio ganó por abultada mayoría y se tuvo que hacer un Concejo Municipal y lo presidió él directamente”, narró.

Pero ahora los magistrados de la corte tendrán que generar nuevas resoluciones sobre la opción de escribir el nombre de una persona en el recuadro en blanco que aparece en las boletas electorales y de acuerdo a la Ley se requiere de cinco controversias resueltas en el mismo sentido para determinar una Ley.

Es decir, cuando cinco casos iguales tienen consecutivamente la misma resolución, ésta misma se convierte en Ley para resolver futuros casos idénticos.

Sin embargo, desde una primera sentencia se asientan las bases (norma), para resoluciones futuras en un mismo sentido, pues resolver de manera distinta provoca una nueva controversia, siempre y cuando las circunstancias sean idénticas.

En ese sentido el caso de Adalberto Reyes Ávila tendrá que resolverse en la Sala regional de Xalapa, Veracruz.

 

Román Pineda / Redacción Noticias dPoder

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